Libro LIBRO I›Título TÍTULO VI
Art. 184
En vigor desde 2 abr 1962
El régimen de permutas de montes del Estado, incluidos en el Catálogo con otros de particulares, se regulará por las normas de la Ley y Reglamento del Patrimonio Forestal del Estado.
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Proeli/es/d/1962/02/22/485#art-184