Capítulo CAPÍTULO PRIMERO›Secc. Sección 2.ª Obligaciones sociales, laborales y económicas
Art. Cláusula 17
En vigor desde 1 mar 1971
El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia de ordenación y defensa de la industria nacional.
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Proeli/es/d/1970/12/31/3854#clausula-17