Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección cuarta. Procedimiento para la imposición de sanciones
Art. 80
En vigor desde 20 feb 1973
La imposición a los sujetos responsables de las sanciones previstas en el presente Reglamento se llevará a cabo con arreglo al procedimiento administrativo especial para sancionar las infracciones de las Leyes Sociales.
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Proeli/es/d/1972/12/23/3772#art-80