Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 47

En vigor desde 28 mar 2010
La resolución dictada por la Dirección del ICONA, a través del Jefe de su Servicio Provincial, se pondrá en conocimiento do todos los propietarios públicos o privados de los montes comprendidos en el perímetro a que se refiera, comunicándoles la obligación de realizar los trabajos aprobados. Se deroga por el del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5037 . Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.

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eli/es/d/1972/12/23/3769#art-47

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