Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 47
48 / 159En vigor desde 28 mar 2010
La resolución dictada por la Dirección del ICONA, a través del Jefe de su Servicio Provincial, se pondrá en conocimiento do todos los propietarios públicos o privados de los montes comprendidos en el perímetro a que se refiera, comunicándoles la obligación de realizar los trabajos aprobados.
Se deroga por el del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5037 . Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1972/12/23/3769#art-47