Libro LEY ARTICULADA DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO UNICO›Secc. Sección única. Régimen general
Art. Disposición transitoria décima
En vigor desde 1 ene 1965
Se respetan las compatibilidades autorizadas de acuerdo con la disposición transitoria cuarta de la Ley de Situaciones de los funcionarios públicos, de 15 de julio de 1954.
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Proeli/es/d/1964/02/07/315#disposicion-transitoria-decima