Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XIII›Secc. Sección 1.ª Entidades Gestoras
Art. 194
DerogadoEn vigor desde 21 jul 1974
Las Entidades Gestoras del Régimen General de la Seguridad Social son las siguientes:
a) El Instituto Nacional de Previsión.
b) Las Mutualidades Laborales.
c) Las federaciones obligatorias de Mutualidades Laborales a que se refiere el artículo 198 de la presente Ley.
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Proeli/es/d/1974/05/30/2065#art-194