Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección A) Objeto y disposiciones generales sobre las operaciones de Bolsa

Art. 62

En vigor desde 4 ago 1967
Los beneficios, perjuicios, derechos y deberes inherentes a todo propietario de títulos o valores negociados, serán de cuenta y provecho del comprador de los mismos desde que se realizó la compra.
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eli/es/d/1967/06/30/1506#art-62

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