Capítulo CAPÍTULO III

Art. Artículo catorce

En vigor desde 8 jun 1975
Para realizar los análisis de aguardientes, destilados y ron, sus materias primas, productos intermedios y finales, se seguirán los métodos AOAC, edición mil novecientos setenta.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1975/06/05/1228#articulo-catorce

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil