Art. 11

En vigor desde 26 feb 2026
Artículo 11 1.   Quedan derogados los artículos 2, 3 y 3 bis de la Posición Común 2001/931/PESC. 2.   Las referencias a las disposiciones derogadas se considerarán referencias a las disposiciones correspondientes de la presente Decisión y deberán interpretarse de acuerdo con la tabla de correspondencias que figura en el anexo V. 3.   Quedan derogadas la Decisión (PESC) 2025/1577 y la Decisión (PESC) 2026/421.
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