Art. 5
En vigor desde 15 dic 2025
Artículo 5
1. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
2. La presente Decisión expirará treinta y seis meses después de la fecha de celebración del acuerdo. No obstante, expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si el acuerdo no se hubiera celebrado dentro de dicho plazo.
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