Art. 2

En vigor desde 15 dic 2025
Artículo 2 1.   El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la aplicación de la presente Decisión. 2.   La Fondation pour la Recherche Stratégique (FRS) se encargará de la ejecución técnica de la acción a que se refiere el artículo 1. 3.   La FRS realizará la labor a que se refiere el apartado 2 bajo la supervisión del Alto Representante. Para ello, el Alto Representante suscribirá los acuerdos necesarios con la FRS.
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