Art. 15

En vigor desde 5 dic 2022
Artículo 15 1.   El Comité Presupuestario estará compuesto por un miembro de cada una de las Partes de Europa Sudoriental y dos miembros de la Unión Europea, representada por la Comisión Europea. 2.   Las reuniones del Comité Presupuestario estarán presididas por la Comisión Europea. El presidente podrá designar a un copresidente. 3.   El Comité Presupuestario se reunirá al menos dos veces al año en sesión ordinaria. Se reunirá, además, por iniciativa de su presidente o a petición de al menos un tercio de sus miembros. 4.   El Comité Presupuestario adoptará su reglamento interno. Sus recomendaciones podrán adoptarse por procedimiento escrito. El Comité Presupuestario se pronunciará por mayoría simple de votos, incluido el voto positivo de la Unión Europea. En caso de empate, la Unión Europea dispondrá del voto de calidad. 5.   La Secretaría Permanente proporcionará apoyo administrativo al Comité Presupuestario. 6.   La Secretaría Permanente estará representada en las reuniones del Comité Presupuestario sin derecho de voto.
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