Art. 11

En vigor desde 5 dic 2022
Artículo 11 1.   Los créditos presupuestarios se utilizarán de acuerdo con el principio de buena gestión financiera, que incluye los principios de economía, eficiencia y eficacia. 2.   El principio de economía prescribe que los medios utilizados por la Comunidad del Transporte para llevar a cabo sus actividades se pondrán a disposición en el momento oportuno, en la cantidad y calidad apropiadas y al mejor precio. 3.   El principio de eficiencia se refiere a la relación óptima entre los medios empleados y los resultados obtenidos. 4.   El principio de eficacia se refiere a la consecución de los objetivos específicos fijados y al logro de los resultados previstos. Los resultados deberán ser evaluados.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2022:2409:oj#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil