Art. 8
Fecha especial de aplicación para las infracciones de las exigencias de información estadística sobre los mercados monetarios
En vigor desde 29 sept 2022
Artículo 8
Fecha especial de aplicación para las infracciones de las exigencias de información estadística sobre los mercados monetarios
En caso de presunta infracción del Reglamento (UE) n.o 1333/2014 (BCE/2014/48), los BCN competentes y el BCE aplicarán la presente Decisión a partir del 31 de enero de 2023.
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