Art. 4
Derecho de acceso del interesado, derecho de supresión y derecho a la limitación del tratamiento de datos
En vigor desde 15 dic 2021
Artículo 4
Derecho de acceso del interesado, derecho de supresión y derecho a la limitación del tratamiento de datos
1. Cuando la Comisión limite, total o parcialmente, el derecho de acceso de los interesados a sus datos personales, el derecho de supresión o el derecho a la limitación del tratamiento de datos a que se refieren los artículos 17, 19 y 20 del Reglamento (UE) 2018/1725, informará al interesado, en su respuesta a la solicitud de acceso, supresión o limitación del tratamiento, de lo siguiente:
a)
la limitación impuesta y los motivos principales de dicha limitación;
b)
la manera de presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos o de interponer un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
2. La Comisión podrá aplazar, omitir o denegar la comunicación de información sobre las razones de la limitación a que se refiere el apartado 1 mientras esto socave la finalidad de la limitación.
3. La Comisión consignará y registrará los motivos de la limitación de conformidad con el artículo 6.
4. Cuando se limite total o parcialmente el derecho de acceso, los interesados podrán ejercer su derecho poniéndose en contacto con el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el artículo 25, apartados 6, 7 y 8, del Reglamento (UE) 2018/1725.
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