Art. 16
Gestión sostenible y conservación de la biodiversidad y de los servicios ecosistémicos
En vigor desde 5 oct 2021
Artículo 16
Gestión sostenible y conservación de la biodiversidad y de los servicios ecosistémicos
En el marco de la Asociación, la cooperación en materia de gestión sostenible y conservación de la biodiversidad y de los servicios ecosistémicos podrá tener por objeto:
a)
fomentar el establecimiento y la gestión eficiente de áreas protegidas marinas y terrestres y mejorar la gestión de las actuales áreas protegidas;
b)
favorecer la gestión sostenible de recursos marinos y terrestres, que contribuyen a la protección de especies, hábitats y funciones ecosistémicas fuera de las áreas protegidas, en particular de especies amenazadas, vulnerables y raras;
c)
reforzar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas marinos y terrestres:
i)
abordando el reto ecosistémico general del cambio climático manteniendo ecosistemas sanos y resilientes y promoviendo «infraestructuras verdes y azules» y planteamientos ecosistémicos para la mitigación y adaptación al cambio climático, que a menudo producen beneficios múltiples,
ii)
reforzando las capacidades a escala local, regional o internacional fomentando el intercambio de información, conocimientos, incluidos los conocimientos autóctonos, tradicionales y locales, y mejores prácticas entre todas las partes interesadas, tales como autoridades públicas, propietarios de tierras, sector privado, investigadores y sociedad civil,
iii)
reforzando los programas actuales de conservación de la naturaleza y el trabajo a ellos asociado dentro y fuera de las áreas de conservación,
iv)
ensanchando la base de conocimientos y colmando las lagunas de conocimiento, por ejemplo, cuantificando el valor de las funciones y servicios ecosistémicos, y elaborando programas de seguimiento a largo plazo del desarrollo de especies y ecosistemas;
d)
favorecer y facilitar la cooperación regional para abordar problemas como las especies invasivas no autóctonas o el impacto del cambio climático y la conservación sostenible de los océanos;
e)
desarrollar mecanismos para la recaudación de recursos para servicios ecosistémicos, incluida su remuneración.
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