Art. 4
En vigor desde 10 jun 2021
Artículo 4
1. El destinatario de la presente Decisión será el Centro Nacional de Investigación Nuclear [Instituto Superior Técnico, Campus Tecnológico e Nuclear (CTN), Portugal].
2. La presente Decisión será comunicada a la República Portuguesa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2021:1802:oj#art-4