Art. 19
Disposiciones transitorias
En vigor desde 21 feb 2019
Artículo 19
Disposiciones transitorias
La presente Decisión se aplicará a los litigios iniciados a partir de su fecha de entrada en vigor y a los litigios que ya se hayan iniciado antes de esa fecha.
Las medidas de procedimiento adoptadas antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión seguirán aplicándose a efectos de la presente Decisión.
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