Art. 13

Función de la célula de crisis

En vigor desde 19 feb 2019
Artículo 13 Función de la célula de crisis 1.   La célula de crisis será responsable de elaborar, coordinar y aplicar rápidamente una estrategia de respuesta a las crisis, lo que incluirá los aspectos relacionados con la comunicación. Una vez que se haya identificado la fuente de contaminación, la célula de crisis, con la asistencia de la EFSA y de otros expertos, en caso necesario, coordinará la investigación de trazabilidad, tanto de las fases precedentes como de las posteriores, y realizará un estrecho seguimiento de la retirada y la recuperación de los productos si los alimentos o los piensos afectados se han distribuido entre varios Estados miembros. 2.   Cada Estado miembro implicado será responsable de la aplicación de las investigaciones de trazabilidad, las retiradas y las recuperaciones en su territorio.
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