Art. 4

Solicitud y compromiso anuales

En vigor desde 8 feb 2018
Artículo 4 Solicitud y compromiso anuales 1.   Los pasticultores podrán presentar a las autoridades competentes una solicitud de autorización anual para aplicar estiércol animal con un contenido máximo de 250 kg de nitrógeno por hectárea y por año. La solicitud incluirá una declaración en la que se indique que el pasticultor se somete a todos los controles previstos en el artículo 9. 2.   En la solicitud anual a que se refiere el apartado 1, los solicitantes se comprometerán por escrito a cumplir las condiciones establecidas en los artículos 6 y 7.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2018:209:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil