Art. 4
En vigor desde 4 ago 2017
Artículo 4
La Alta Representante informará al Consejo acerca de la ejecución de la presente Decisión, basándose en los informes periódicos que preparará la DAA. Esos informes servirán de base para la evaluación del Consejo. La Comisión proporcionará información sobre los aspectos financieros de la aplicación de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2017:1428:oj#art-4