Art. 5

En vigor desde 4 ago 2017
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión expirará a los 36 meses de la celebración de los acuerdos de financiación a los que se refiere el artículo 3, apartado 3. No obstante, la presente Decisión expirará seis meses después de su fecha de entrada en vigor si en ese plazo no se hubieran celebrado los acuerdos de financiación.
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