Art. 1

En vigor desde 4 ago 2017
Artículo 1 1.   Con el fin de promover la paz y la seguridad y el multilateralismo efectivo a escala mundial y regional, la Unión perseguirá los siguientes objetivos: — lograr más paz y seguridad en los países vecinos de la Unión, reduciendo para ello la amenaza que plantean el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de APAL y municiones convencionales en la región de la OSCE, — apoyar el multilateralismo efectivo a escala regional, respaldando para ello las actividades que realiza la OSCE con el fin de prevenir el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de APAL y municiones convencionales. 2.   Para alcanzar el objetivo mencionado en el apartado 1, la Unión adoptará las siguientes medidas: — reducir el riesgo de proliferación ilícita de APAL en la antigua República Yugoslava de Macedonia, — eliminación de los excedentes de munición en Georgia. En el anexo figura una descripción detallada de los proyectos mencionados en el presente apartado.
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