Art. 4

Funciones y responsabilidades de la Oficina Europea de Coordinación

En vigor desde 11 jul 2017
Artículo 4 Funciones y responsabilidades de la Oficina Europea de Coordinación La Oficina Europea de Coordinación será responsable de prestar apoyo al intercambio de información entre los Estados sobre sus programas de trabajo nacionales y el ejercicio de revisión conjunta, en concreto mediante las siguientes actividades: a) compartir la información pertinente para el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/589 y disponible a escala de la Unión con las Oficinas Nacionales de Coordinación para ayudarles a preparar sus proyectos de programas de trabajo nacionales; b) desarrollar y mantener una herramienta en la extranet del portal EURES mediante la que se ponga a disposición de las Oficinas Nacionales de Coordinación el modelo contemplado en el artículo 7 y toda la información conexa sobre cómo rellenarlo y presentarlo, y que proporcione a las Oficinas Nacionales de Coordinación la ocasión de revisar y comentar los proyectos de programas de trabajo nacionales de las demás oficinas; c) supervisar la aplicación de los plazos establecidos en el anexo II para presentar los proyectos de programas de trabajo nacionales, para el ejercicio de revisión conjunta y para realizar los programas de trabajo nacionales; d) proporcionar todo tipo de herramientas, formación y apoyo necesarios para facilitar el intercambio de información y el aprendizaje recíproco sobre el ciclo de programación; e) utilizar una sección específica en la extranet del portal EURES para poner a disposición del conjunto de la red EURES los elementos pertinentes del ciclo de programación con el fin de aumentar la transparencia y el aprendizaje recíproco; f) animar a las Oficinas Nacionales de Coordinación a que garanticen la coherencia entre la aplicación de los artículos 31 y 32 del Reglamento (UE) 2016/589; g) mantener al Grupo de Coordinación informado periódicamente del funcionamiento del ciclo de programación y, cuando sea necesario, proponer modificaciones del modelo y de los procedimientos.
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