Art. 1

En vigor desde 3 abr 2017
Artículo 1 1.   Con objeto de apoyar la lucha contra el comercio ilícito de armas pequeñas y armas ligeras, reduciendo al mínimo el riesgo de desvío, en particular mediante robo, pérdida y a través de la reexportación no autorizada de dichas armas a los mercados ilícitos, a los grupos armados ilegales, terroristas y otros receptores no autorizados, la Unión perseguirá los siguientes objetivos en virtud de la presente Decisión: — apoyar el Programa de Acción de las NU y el Instrumento Internacional de Localización, — garantizar la pertinencia del Programa de Acción de las NU y del Instrumento Internacional de Localización y aumentar su eficacia, — apoyar acciones con vistas a un resultado eficaz y adecuado de la Tercera Conferencia de las NU de 2018 para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción de las NU (en lo sucesivo, «Tercera Conferencia de Examen»). 2.   A fin de alcanzar los objetivos mencionados en el apartado 1, la Unión apoyará en virtud de la presente Decisión: — la preparación de la Tercera Conferencia de Examen a través de la celebración de una serie de simposios temáticos y conferencias regionales, — un análisis global de los informes nacionales de los Estados miembros de las NU sobre la ejecución del Programa de Acción y del Instrumento Internacional de Localización, que se presentará a la Tercera Conferencia de Examen, — un programa de patrocinio destinado a los participantes de terceros países, — la prestación de apoyo técnico al presidente de la Tercera Conferencia de Examen, — cuatro simposios temáticos de los que se extraigan conclusiones orientadas a la acción sobre temas relacionados con el control de las armas pequeñas y ligeras. Los temas seleccionados se consideraron prioritarios en los documentos de trabajo de la UE presentados en las reuniones del Programa de Acción de las NU (quinta y sexta reuniones bienales de Estados de 2014 y 2016, respectivamente) y quedaron reflejados en los documentos finales de estas reuniones: i) el seguimiento y gestión de los arsenales de armas pequeñas y ligeras en situaciones de conflicto y de postconflicto, ii) las armas pequeñas y ligeras y la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, incluido el objetivo de desarrollo sostenible n.o 16 y los aspectos de género en el control de las armas pequeñas y ligeras, iii) los últimos avances en la fabricación, tecnología y diseño de armas pequeñas y ligeras y los consiguientes retos y oportunidades para la ejecución del Programa de Acción de las NU y del Instrumento Internacional de Localización, iv) las sinergias entre el Programa de Acción de las NU, el Tratado sobre el Comercio de Armas y otros instrumentos pertinentes, — cinco conferencias regionales que faciliten los intercambios con los representantes gubernamentales y organizaciones regionales de las regiones seleccionadas sobre los documentos finales de los simposios temáticos, — el análisis de los informes nacionales sobre la ejecución del Programa de Acción de las NU y del Instrumento Internacional de Localización, centrado en retos de ejecución que brindan oportunidades de cooperación y asistencia, — el refuerzo de las bases de la Tercera Conferencia de Examen mediante un programa de patrocinio y de apoyo técnico al presidente de la Tercera Conferencia de Examen, y — la difusión a través de comunicados de prensa y actos paralelos. 3.   En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto mencionado en el apartado 2.
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