Art. 21
Misiones y gastos de misión
En vigor desde 4 ago 2016
Artículo 21
Misiones y gastos de misión
1. Al experto nacional en comisión de servicios se le podrá enviar en misión.
2. Los gastos de misión se reembolsarán de conformidad con las disposiciones vigentes en la Agencia.
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