Art. 4
En vigor desde 4 jul 2016
Artículo 4
La misión del Grupo de Trabajo Conjunto ACP-UE sobre el cierre del CDE, establecida por la Declaración Común del Consejo de Ministros ACP-UE de los días 19 y 20 de junio de 2014, finalizará con la decisión del Comité de Embajadores ACP-UE sobre la propuesta de aprobación de la gestión de conformidad con el artículo 4 de la Decisión n.o 4/2014.
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