Art. 3
Niveles del estado de alarma
En vigor desde 31 may 2016
Artículo 3
Niveles del estado de alarma
1. Cuando no se haya detectado en la Comisión ninguna amenaza o incidente especiales que afecten a la integridad física de las personas, los locales u otros activos, se aplicarán las medidas estándar de seguridad WHITE. Se aplicarán diariamente y estarán destinadas a garantizar un nivel adecuado de seguridad
2. Cuando existan amenazas o se produzcan incidentes que afecten a la integridad física de las personas, de los locales o de otros activos que puedan tener un efecto negativo en la Comisión o en su funcionamiento, se aplicará el estado de alarma YELLOW.
3. Cuando existan amenazas que afecten a la integridad física de las personas, de los locales o de otros activos destinadas específicamente a la Comisión o a su funcionamiento, aun en el caso de que no se haya identificado ningún objetivo específico u hora de ataque, se aplicará el estado de alarma ORANGE.
4. Cuando existan amenazas de ataque inminente y estas afecten a la integridad física de las personas, de los locales o de otros activos y estén destinadas específicamente a la Comisión o a su funcionamiento, se aplicará el estado de alarma RED.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2016:883:oj#art-3