Art. 3

Niveles del estado de alarma

En vigor desde 31 may 2016
Artículo 3 Niveles del estado de alarma 1.   Cuando no se haya detectado en la Comisión ninguna amenaza o incidente especiales que afecten a la integridad física de las personas, los locales u otros activos, se aplicarán las medidas estándar de seguridad WHITE. Se aplicarán diariamente y estarán destinadas a garantizar un nivel adecuado de seguridad 2.   Cuando existan amenazas o se produzcan incidentes que afecten a la integridad física de las personas, de los locales o de otros activos que puedan tener un efecto negativo en la Comisión o en su funcionamiento, se aplicará el estado de alarma YELLOW. 3.   Cuando existan amenazas que afecten a la integridad física de las personas, de los locales o de otros activos destinadas específicamente a la Comisión o a su funcionamiento, aun en el caso de que no se haya identificado ningún objetivo específico u hora de ataque, se aplicará el estado de alarma ORANGE. 4.   Cuando existan amenazas de ataque inminente y estas afecten a la integridad física de las personas, de los locales o de otros activos y estén destinadas específicamente a la Comisión o a su funcionamiento, se aplicará el estado de alarma RED.
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