Art. 34

Notificación de las decisiones sobre selección y adjudicación

En vigor desde 9 feb 2016
Artículo 34 Notificación de las decisiones sobre selección y adjudicación 1.   El BCE notificará su decisión por escrito y sin demoras indebidas a todos los candidatos o licitadores cuyas solicitudes u ofertas sean rechazadas. 2.   La notificación de la decisión de adjudicación se enviará al menos 10 días antes de la firma del contrato por el BCE si el envío se efectúa por fax o medios electrónicos, o al menos 15 días antes de la firma del contrato si se utilizan otros medios de comunicación. 3.   En el plazo de los 15 días siguientes a la recepción de la notificación, los candidatos y licitadores podrán solicitar al BCE que exponga las razones por las que ha rechazado su solicitud u oferta y que les facilite copia de todos los documentos relativos a la evaluación de sus solicitudes u ofertas. Los licitadores cuyas ofertas admisibles hayan sido rechazadas podrán además pedir que se les informe del nombre del licitador seleccionado y de las características esenciales y ventajas relativas de su oferta. También podrán solicitar copia de todos los documentos relativos a la evaluación del licitador seleccionado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4. 4.   El BCE podrá decidir retener cierta información si su divulgación pudiera afectar a los legítimos intereses comerciales de otros proveedores, obstaculizar la aplicación de la ley, perjudicar la libre competencia entre los proveedores, o ser contraria al interés público. 5.   El BCE publicará en el Diario Oficial un anuncio de adjudicación del contrato conforme a los requisitos de la Directiva 2014/24/UE. El anuncio se enviará al Diario Oficial en los 30 días siguientes a la firma del contrato.
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