Art. 24

Invitación a licitar

En vigor desde 9 feb 2016
Artículo 24 Invitación a licitar 1.   La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos los licitadores. 2.   La invitación a licitar incluirá como mínimo: a) la referencia al anuncio de licitación; b) información completa, si procede, sobre la disponibilidad electrónica del pliego de condiciones; c) los requisitos de licitación formales, en particular el plazo de recepción de las ofertas, la dirección a la que deban enviarse, el idioma o los idiomas en los que deban redactarse, el formato en el que deban presentarse y el período de validez de las ofertas; d) las opciones relativas a productos, servicios y obras adicionales, así como el número de posibles prórrogas y renovaciones del contrato, si procede; e) la lista de los documentos que los licitadores deban presentar; f) la ponderación relativa de los criterios de adjudicación del contrato o, si procede, el orden de importancia descendente de esos criterios, si esta información no se especifica en el anuncio de licitación. 3.   La invitación a licitar incluirá también: a) copia de las especificaciones donde se expongan los requisitos del BCE, o, en caso de diálogo competitivo o asociación para la innovación, copia de la solicitud de oferta donde se expongan las necesidades del BCE; b) copia del borrador del contrato, de las condiciones generales del BCE o del documento que especifique los elementos esenciales del contrato; c) cualquier otra documentación que el BCE considere pertinente.
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