Art. 4
Asignación de los activos del fondo
En vigor desde 8 oct 2015
Artículo 4
Asignación de los activos del fondo
1. Se transferirá a Europol una parte de los activos del fondo que corresponda a una cantidad necesaria para cubrir los pasivos por pensiones transferidos a Europol, aprobados por el Consejo de Administración de Europol sobre la base del informe. Estos activos se destinarán al objetivo específico de abonar las prestaciones de pensión en virtud del artículo 5.
2. Cuando se hayan cumplido todos los pasivos por pensiones, la parte restante de los activos definidos en el apartado 1 pasarán a considerarse como otros ingresos en el presupuesto de Europol.
3. La diferencia entre el total de los activos del fondo y la cantidad mencionada en el apartado 1 se asignará de la siguiente forma:
a)
dos tercios de esta diferencia volverán a abonarse a Europol, que determinará la parte de esta cantidad que debe considerarse el remanente:
i)
de los excedentes de los presupuestos aprobados sobre la base del artículo 35, apartado 5, del Convenio Europol que se devolverá a los Estados miembros de conformidad con los principios en los que se basa el artículo 58, apartado 5, de la Decisión Europol, y
ii)
de las subvenciones pagadas a Europol a cargo del presupuesto general de la Unión Europea, en virtud del artículo 42 de la Decisión Europol;
b)
un tercio de la diferencia se transferirá a Europol y se destinará al objetivo específico de repartirlo entre los antiguos miembros activos del fondo o, en caso de que estos hayan fallecido, entre sus herederos legítimos, en proporción a la cantidad total de las contribuciones que hayan abonado respectivamente al fondo durante el período en el que estuvieron empleados con arreglo al Estatuto del personal de Europol.
Cuando no trabajen para Europol, los posibles beneficiarios de un pago en virtud del presente apartado comunicarán a Europol sus datos de contacto, aportarán una prueba de identidad y, cuando proceda, una prueba de su condición de herederos en el plazo de dos años tras la fecha de publicación de la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea. Europol no estará obligado a buscar activamente a los antiguos miembros activos del fondo cuando los últimos datos de contacto que le consten hayan dejado de ser válidos, ni estará obligado a buscar activamente a los herederos de los antiguos miembros activos que hayan fallecido.
Los gastos en que incurra Europol para efectuar el reparto correrán a cargo de la cantidad definida en el apartado 1.
Cuando se haya pagado a los beneficiarios identificados, la cantidad restante de esta parte de los activos pasará a integrarse en otros ingresos del presupuesto de Europol.
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