Art. 21

Derecho a ser oído después de una alerta de verificación

En vigor desde 13 nov 2014
Artículo 21 Derecho a ser oído después de una alerta de verificación El procedimiento previsto en el artículo 15 de la presente Decisión y el derecho a ser oído establecido en virtud del artículo 16 de la presente Decisión se aplicarán asimismo cuando el ordenador competente a raíz de una alerta de verificación prevea adoptar cualquier acto que pueda afectar negativamente a los derechos de la persona de que se trate.
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