Art. 5

En vigor desde 5 jun 2014
Artículo 5 El artículo 3 de la Decisión 2011/330/UE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “ordenadores portátiles”, así como los requisitos de evaluación y comprobación conexos, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2015.».
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eli:dec:2014:336:oj#art-5

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