Art. 1

En vigor desde 16 dic 2013
Artículo 1 1.   A efectos de apoyar la pronta entrada en vigor del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) y su aplicación, la Unión emprenderá actividades con los objetivos siguientes: — ayudar a determinado número de Estados que lo soliciten a reforzar sus sistemas de control de las transferencias de armas, con vistas a que puedan aplicar el TCA; — incrementar, a escala nacional y regional, la concienciación y responsabilidad respecto del TCA de las autoridades nacionales y regionales pertinentes, así como de las partes de la sociedad civil interesadas, de modo que participen más en la aplicación del TCA. 2.   Para lograr los objetivos contemplados en el apartado 1, la Unión emprenderá los proyectos siguientes: a) ayudar a los países beneficiarios a la hora de elaborar, actualizar y en su caso aplicar las medidas legislativas y administrativas pertinentes destinadas a establecer y desarrollar un sistema eficaz para el control de las transferencias de armas, conforme a los requisitos del TCA; b) reforzar la experiencia y las capacidades de los funcionarios de los países beneficiarios encargados de las licencias y de la aplicación, en particular compartiendo las mejores prácticas, así como mediante al formación y el acceso a las fuentes de información correspondientes, a fin de garantizar la aplicación y la ejecución adecuadas de los controles de las exportaciones de armas; c) fomentar la transparencia en el comercio internacional de armas, basándose en los requisitos de transparencia del TCA; d) promover la continua adhesión de los países beneficiarios al TCA a la hora de la participación de las partes interesadas pertinentes a escala nacional y regional, como los parlamentos nacionales, las organizaciones regionales competentes y los representantes de la sociedad civil con interés a largo plazo en el control de la aplicación eficaz del TCA; e) fomentar un mayor interés en el TCA, comprometiéndose con los países que no hayan apoyado el TCA, a fin de apoyar su universalización. En el anexo se describen detalladamente los proyectos de actividad previstos en el presente apartado.
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