Art. 4
Correspondencia
En vigor desde 30 sept 2013
Artículo 4
Correspondencia
1. Toda correspondencia dirigida al Comité se enviará a la presidencia del mismo. Esta última enviará una copia de toda la correspondencia relativa al Comité al otro jefe de delegación, al jefe de la misión de Moldavia en Bruselas y al jefe de la delegación de la UE en Chisináu.
2. La correspondencia entre la presidencia y el otro jefe de delegación podrá cursarse por cualquier medio escrito, incluido el correo electrónico.
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