Art. 1
En vigor desde 17 jul 2013
Artículo 1
1. El aplazamiento del pago del plazo de la tasa láctea que vencía el 31 de diciembre de 2010, introducido como apartado 12 duodecies en el artículo 1 del Decreto Ley no 225 de 29 de diciembre de 2010 por la Ley no 10/2011 y aplicado ilegítimamente por Italia infringiendo el artículo 108, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, constituye una ayuda estatal incompatible con el mercado interior.
2. La ayuda resultante del incumplimiento de las condiciones establecidas en la Decisión 2003/530/CE y determinada por el aplazamiento del pago a que se refiere el artículo 1, que Italia ha aplicado ilegítimamente infringiendo el artículo 108, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, es incompatible con el mercado interior.
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