Art. 2

Objetivos

En vigor desde 26 nov 2012
Artículo 2 Objetivos En beneficio de los demandantes de empleo, los trabajadores y los empleadores, EURES promoverá, en su caso, en cooperación con otros servicios o redes: a) el desarrollo de un mercado de trabajo europeo abierto y accesible a todos, respetando estrictamente las normas laborales y los requisitos legales aplicables; b) la compensación y la colocación a escala transnacional, interregional y transfronteriza, mediante el intercambio de ofertas y demandas de empleo, y la participación en las actividades de movilidad específicas en el ámbito de la UE; c) la transparencia y el intercambio de información sobre los mercados de trabajo europeos, en particular sobre las condiciones de vida y de trabajo y las oportunidades para la adquisición de competencias; d) el desarrollo de medidas para promover y facilitar la movilidad de los jóvenes trabajadores; e) el intercambio de información sobre las prácticas profesionales y de aprendizaje, en el sentido del Reglamento (UE) no 492/2011 y, en su caso, la colocación de los trabajadores en prácticas y los aprendices; f) la elaboración de metodologías y de indicadores con este fin.
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