Art. 2
Objetivos
En vigor desde 26 nov 2012
Artículo 2
Objetivos
En beneficio de los demandantes de empleo, los trabajadores y los empleadores, EURES promoverá, en su caso, en cooperación con otros servicios o redes:
a)
el desarrollo de un mercado de trabajo europeo abierto y accesible a todos, respetando estrictamente las normas laborales y los requisitos legales aplicables;
b)
la compensación y la colocación a escala transnacional, interregional y transfronteriza, mediante el intercambio de ofertas y demandas de empleo, y la participación en las actividades de movilidad específicas en el ámbito de la UE;
c)
la transparencia y el intercambio de información sobre los mercados de trabajo europeos, en particular sobre las condiciones de vida y de trabajo y las oportunidades para la adquisición de competencias;
d)
el desarrollo de medidas para promover y facilitar la movilidad de los jóvenes trabajadores;
e)
el intercambio de información sobre las prácticas profesionales y de aprendizaje, en el sentido del Reglamento (UE) no 492/2011 y, en su caso, la colocación de los trabajadores en prácticas y los aprendices;
f)
la elaboración de metodologías y de indicadores con este fin.
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