Art. 1

En vigor desde 19 nov 2012
Artículo 1 1.   A fin de fomentar la paz y la seguridad y en consonancia con la Estrategia Europea de Seguridad, la Unión perseguirá los siguientes objetivos: a) fomentar mayores controles de las exportaciones de armas por terceros países con arreglo a los principios establecidos en la Posición Común 2008/944/PESC y buscar complementariedad y sinergias con los proyectos de asistencia de la Unión en el ámbito de los controles a las exportaciones de bienes de doble uso; b) apoyar los esfuerzos de terceros países a nivel nacional y regional para hacer el comercio de armas convencionales más responsable y transparente. 2.   La Unión Europea perseguirá los objetivos mencionados en el apartado 1 mediante las siguientes actividades de proyecto: a) seguir fomentando, entre terceros países, los criterios y principios de la Posición Común 2008/944/PESC basándose en los logros alcanzados mediante la aplicación de la Decisión 2009/1012/PESC y la Acción Común 2008/230/PESC; b) asistir a terceros países en la elaboración, actualización y aplicación, en su caso, de la legislación y las medidas administrativas pertinentes destinadas a garantizar un sistema eficaz de controles de las exportaciones de armas convencionales; c) ayudar a los países en la formación de responsables de la concesión de autorizaciones y de agentes de policía para garantizar una ejecución y una aplicación adecuadas de controles de exportaciones de armas; d) fomentar la transparencia y la fiabilidad en el comercio internacional de armas, incluso apoyando medidas nacionales y regionales que fomenten una transparencia y evaluación pertinentes en las exportaciones de armas convencionales; e) alentar a que terceros países apoyen la elaboración y aplicación de un Tratado sobre comercio de armas jurídicamente vinculante, que establezca normas internacionales comunes para el comercio mundial de armas convencionales. En el anexo figura una descripción detalladas de las actividades de proyecto a que se refiere el presente apartado.
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