Art. 42

Responsabilidad

En vigor desde 19 dic 2011
Artículo 42 Responsabilidad 1.   Las condiciones aplicables en materia de responsabilidad disciplinaria o penal del comandante de la operación, el administrador y demás personal puesto a disposición en particular por las instituciones de la Unión o los Estados miembros, en caso de falta o negligencia en la ejecución del presupuesto, se regirán por las disposiciones del Estatuto de los funcionarios o del régimen que les sean aplicables. Además, ATHENA podrá, por propia iniciativa o a petición de un Estado contribuyente, interponer una demanda civil contra las personas mencionadas. 2.   En ningún caso podrá un Estado contribuyente exigir responsabilidades a la Unión o al Secretario General del Consejo por el ejercicio que el hagan de sus funciones administrador, el contable o el personal que se les asigne. 3.   La responsabilidad contractual a que puedan dar lugar contratos celebrados en el marco de la ejecución del presupuesto será cubierta a través de ATHENA por los Estados contribuyentes. Se regirá por la legislación aplicable a dichos contratos. 4.   En materia de responsabilidad no contractual, los Estados contribuyentes cubrirán a través de ATHENA los daños causados por los cuarteles generales de operación, de fuerza y de componente de fuerza que figuran en la estructura de crisis, cuya composición aprobará el comandante de operación, o por el personal de los mismos en el desempeño de sus funciones, de acuerdo con los principios generales comunes a los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros y con lo dispuesto en el estatuto de las fuerzas aplicable en el teatro de operaciones. 5.   Los Estados contribuyentes no podrán, bajo ningún concepto, exigir responsabilidades a la Unión o a los Estados miembros respecto de contratos celebrados en el marco de la ejecución del presupuesto o respecto de daños causados por las unidades y servicios que figuran en la estructura de crisis, cuya composición aprobará el comandante de operación, o por el personal de los mismos en el desempeño de sus funciones.
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