Art. 3
Tareas fundamentales de la Misión
En vigor desde 1 dic 2011
Artículo 3
Tareas fundamentales de la Misión
Con objeto de cumplir la Misión, las tareas fundamentales de la MPUE serán las siguientes:
1)
facilitar asesoramiento estratégico a las autoridades policiales y políticas competentes de Bosnia y Herzegovina en materia de lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción;
2)
fomentar y facilitar mecanismos de cooperación y coordinación tanto de carácter vertical como horizontal entre las autoridades policiales competentes, haciendo especial hincapié en las agencias a escala nacional;
3)
garantizar un correcto traspaso de funciones entre la MPUE y la Oficina del REUE;
4)
contribuir a la coordinación de los esfuerzos que realizan la Unión y los Estados miembros en el ámbito del Estado de Derecho.
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