Art. 26

Cláusula de revisión

En vigor desde 12 jul 2011
Artículo 26 Cláusula de revisión A más tardar el 14 de julio de 2014, el Director de la Agencia presentará a la Junta Directiva, un informe sobre la aplicación de la presente Decisión con vistas a su eventual revisión por el Consejo.
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eli:dec:2011:411:oj#art-26

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