Art. 13
Casos de incumplimiento
En vigor desde 25 nov 2010
Artículo 13
Casos de incumplimiento
1. El equipo de control o precontrol de calidad clasificará el incumplimiento por el fabricante de los requisitos de calidad, de los otros requisitos para obtener la acreditación de calidad o de las obligaciones establecidas en el artículo 11, en una de las categorías enumeradas en los apartados 2 a 5.
2. El incumplimiento que a juicio del equipo de control o precontrol de calidad tenga un efecto inmediato y grave en la calidad de la producción por el fabricante de los billetes en euros o de las materias primas de los mismos se considerará incumplimiento grave, y el BCE adoptará una decisión conforme al artículo 16.
3. El incumplimiento que a juicio del equipo de control o precontrol de calidad no tenga un efecto inmediato y grave en la calidad de la producción por el fabricante de los billetes en euros o de las materias primas de los mismos pero pudiera tener un efecto adverso directo en la calidad de dicha producción se considerará incumplimiento ordinario, y el BCE adoptará una decisión conforme al artículo 15.
4. El incumplimiento que a juicio del equipo de control o precontrol de calidad no tenga un efecto adverso directo en la calidad de la producción por el fabricante de los billetes en euros o de las materias primas de los mismos pero tenga que ser remediado antes del próximo control de calidad será incluido como observación en el informe de control o precontrol, y el BCE formulará una observación escrita, de conformidad con el artículo 14.
5. El incumplimiento distinto de los descritos en los apartados 2 a 4 se incluirá como nota en el informe de control o precontrol, pero no dará lugar a ninguna actuación de las contempladas en los artículos 14 a 17.
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