Art. 10

Disposiciones financieras

En vigor desde 15 feb 2010
Artículo 10 Disposiciones financieras 1.   Los costes comunes de la misión militar de la UE se administrarán de conformidad con la Decisión 2008/975/PESC del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, por la que se crea un mecanismo para administrar la financiación de los costes comunes de las operaciones de la Unión Europea que tengan repercusiones en el ámbito militar o de la defensa (Athena) (2) (en lo sucesivo «Decisión Athena»). 2.   El importe de referencia financiera para los costes comunes de la misión militar de la UE ascenderá a 4,8 millones EUR. El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 32, apartado 3, de la Decisión Athena queda fijado en el 60 %.
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