Art. 79

Regiones ultraperiféricas de la Comunidad Europea

En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 79 Regiones ultraperiféricas de la Comunidad Europea Ninguna disposición del presente Acuerdo impedirá que la Parte CE aplique las medidas vigentes dirigidas a hacer frente a la situación estructural social y económica de las regiones ultraperiféricas de conformidad con el artículo 299, apartado 2, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
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