Art. 16
Disposiciones de cuarentena aplicables a las especies portadoras
En vigor desde 12 dic 2008
Artículo 16
Disposiciones de cuarentena aplicables a las especies portadoras
1. Las especies portadoras estarán un mínimo de 30 días en cuarentena.
2. El agua de la unidad de cuarentena se cambiará como mínimo una vez al día.
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