Art. 16 · Disposiciones de cuarentena aplicables a las especies portadoras

Art. 16

Disposiciones de cuarentena aplicables a las especies portadoras

En vigor desde 12 dic 2008
Artículo 16 Disposiciones de cuarentena aplicables a las especies portadoras 1.   Las especies portadoras estarán un mínimo de 30 días en cuarentena. 2.   El agua de la unidad de cuarentena se cambiará como mínimo una vez al día.
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