Art. 6
En vigor desde 16 jul 2008
Artículo 6
Los acuerdos exclusivos deberán modificarse para prever una remuneración mínima del IFP por Axens y Prosernat que, como mínimo, cubra el 25 % del coste de los estudios de viabilidad de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial, el 50 % de los costes de investigación industrial y el 75 % de los costes de desarrollo precompetitivo del IFP en los ámbitos cubiertos por los acuerdos exclusivos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2009:157(1):oj#art-6