Art. 6

En vigor desde 16 jul 2008
Artículo 6 Los acuerdos exclusivos deberán modificarse para prever una remuneración mínima del IFP por Axens y Prosernat que, como mínimo, cubra el 25 % del coste de los estudios de viabilidad de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial, el 50 % de los costes de investigación industrial y el 75 % de los costes de desarrollo precompetitivo del IFP en los ámbitos cubiertos por los acuerdos exclusivos.
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eli:dec:2009:157(1):oj#art-6

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