Art. 35
Costes indirectos
En vigor desde 29 abr 2008
Artículo 35
Costes indirectos
Todos los demás gastos, como los gastos generales, que puedan generarse en relación con el proyecto, y que no puedan imputarse de forma específica a ninguna de las anteriores categorías, incluidos los gastos de viaje y dietas, quedarán cubiertos aplicando un tipo fijo del 35 % de los costes de personal autorizados indicados en el artículo 33.
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